SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2020-S3

Fecha: 25-Nov-2020

i)

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de motivación, congruencia, valoración razonable de la prueba, legalidad, tipicidad, taxatividad, “seguridad jurídica” y “en su faceta sustantiva”; a la defensa, y al trabajo con una remuneración justa, vinculados con los derechos a la salud, a la vivienda, a la alimentación y a la dignidad; en razón que los Consejeros ahora accionados al emitir la Resolución SP-D - AP 157/2019 de 21 de marzo: i) Omitieron fundamentar y motivar respecto a los agravios denunciados en el recurso de apelación que interpuso contra la Resolución de Primera Instancia 002/2019 de 30 de enero; y, ii) No valoraron la prueba de descargo que presentó ante la Jueza Disciplinaria hoy coaccionada.

i)         Respecto a que se vulneraron los derechos al debido proceso, a una interpretación constitucionalmente válida de la norma, y a la aplicación objetiva de la ley de la accionante, transgrediendo los principios de legalidad, tipicidad, taxatividad, igualdad y el valor justicia; por cuanto demostró que no contaba con antecedentes disciplinarios, por lo que no sería aplicable a su caso el art. 187.10 y 14 de la LOJ; y el registro de ingreso de causas a despacho acreditó que el expediente que originó la denuncia planteada en su contra fue puesto a corriente después del ingreso a despacho de las demás causas.