SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2020-S3

Fecha: 30-Nov-2020

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h)       En cuanto al séptimo agravio (bis), referente a que no fue notificado con la designación del profesional que emitió el dictamen pericial, la resolución cuestionada se ratificó en el principio de publicidad de todos los actuados de las investigaciones, refiriendo que están a disposición de los estudiantes procesados y de sus abogados; por consiguiente, no existe restricción en los actuados; asimismo, de acuerdo a solicitud efectuada por el IITCUP se designa perito de turno, respecto a lo cual, se advierte también que la autoridad accionada expresó los motivos por los cuales responde a dicho agravio.