SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2020-S2

Fecha: 09-Dic-2020

En atención al séptimo punto

En atención al séptimo punto, manifestó que: “…se infiere que la ejecución del Proyecto ‘Construcción Asfaltado Camino Tolomosa-Camacho’, mediante administración directa por parte del SEDECA, cumple con las especificaciones técnicas del TESA y se enmarca en las normas SABS, habiéndose realizado el cierre administrativo por falta de recursos programados en la gestión 2015, siendo pertinente la inscripción en el POA, habiéndose reformulado el Proyecto para su conclusión.

Por consiguiente, no se observa que los sindicados hayan incumplido los deberes funcionales asignados a su cargo, o que se hayan beneficiado o favorecido a terceros y, conforme lo manifestado precedentemente, tampoco se precisa que se haya causado un daño a la economía del Estado con la ejecución del Proyecto. De igual forma, los recursos programados fueron invertidos oportunamente en el proyecto.

g) En cuanto a los sindicados Luis Fernando Navarro Gonzales, Eloina Castillo Cortez y Walberto Márquez Caliba, se observa que si bien en fecha 23 de noviembre de 2016 el Fiscal de Materia Dr. Aldo Corrillo procede a ampliar la investigación en su contra, de la denuncia de fecha 8 de marzo de 2016 y posterior querella de fecha 3 de mayo de 2016, no se advierte ningún antecedente factico en el cual se sustente la atribución delictiva, no pudiendo precisar esta Fiscalía Departamental cuales las conductas individuales merecedoras de la apertura de la investigación en contra de los señalados” (sic).

En este punto, la autoridad demandada, si bien aclara y se refiere a los acusados de manera general, que con su actuación no se generó ningún daño económico al Estado, empero, no expuso de manera individual, toda vez que, cada acusado ejercía diferentes cargos y funciones dentro del referido proyecto, tal como lo denunció la parte accionante.