Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2020-S3
Fecha: 12-Mar-2020
II.2.
II.2. Cursa, Memorándum de Agradecimiento 004/2018 de 26 de abril, dirigido a Osberto Aulo Rapu -hoy accionante-, mediante el cual José Luis Merubia Rapu, Jefe de RR.HH. de la entidad demandada, le comunicó que debido al recorte presupuestario asignado a la institución se ven en la necesidad de realizar el recorte de personal; por lo que, a partir de la fecha indicada, se le agradece sus servicios prestados a esa institución, como Auxiliar Administrativo de Mantenimiento del Hospital “Presidente Germán Busch” del departamento de Beni (fs. 5).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- 1)
- i)
- a)
- denegó la tutela
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II
- art. 22
- de uso obligatorio en todo el territorio nacional, para la calificación del tipo y grado de discapacidad y su registro correspondiente
- Fragmento 20
- El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad de las personas con discapacidad,
- gobiernos autónomos departamentales,
- Fragmento 23
- III.3. Análisis del caso concreto
- 11 de julio de 2018,
- CONFIRMAR