Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2020-S3
Fecha: 17-Mar-2020
II.1.
II.1. Se tiene contrato de trabajo a plazo fijo de 11 de diciembre de 2014 suscrito por Lía Salinas Alave -hoy impetrante de tutela- con el SSUP, para cumplir el cargo de Médico General de Estudiantes a medio tiempo, desde el 14 de octubre de 2014 hasta el 13 de octubre de 2015, constando el visado de la Jefatura Departamental de Trabajo de Potosí; formulario de finiquito de 7 de diciembre del mismo año, realizado por cumplimiento de contrato por el cual consta el cobro de beneficios sociales de Bs6 354.27.- (seis mil trescientos cincuenta y cuatro 27/100 bolivianos [fs. 4 a 7 y 119 a 120]).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14
- II.15.
- II
- Fragmento 21
- no es posible ante un conflicto laboral por un presunto despido injustificado, disponer el cumplimiento de una conminatoria de reincorporación laboral cuando su emisión no resulta jurídicamente razonable
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.2. La excepción a la inamovilidad laboral de madre progenitora
- no se aplicará la inamovilidad laboral en contratos de trabajo temporales, eventuales y contratos de obra
- para la no aplicabilidad de la inamovilidad laboral de la mujer embarazada, el hecho del fenecimiento del término pactado entre partes, y su consiguiente extinción de la relación
- en los contratos a plazo fijo, no es aplicable la inamovilidad laboral del padre o madre progenitor, ya que ha fenecido el término acordado entre partes y se extingue la relación laboral, con la obligación del empleador de cancelar, si corresponde, los beneficios que la ley acuerda tales casos, por lo que, es razonable en no poder exigirse al empleador mantener a la trabajador (a) en el cargo aunque haya resultado en el caso de la trabajadora embarazada en el lapso de la prestación de servicios
- III.3. Análisis del caso concreto
- contrato indefinido
- REVOCAR