SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2020-S3
Fecha: 17-Mar-2020
II.10.
II.10. Consta Conminatoria de reincorporación laboral JDTP-HRF 021/2019 de 3 de julio, emitida por Herbert Ruiz Flores Jefe Departamental de Trabajo de Potosí, disponiendo en apego al DS 0012 de 19 de febrero de 2009 y “SC 1417/2012” conminar a Guido Angel Anagua Villafuerte en su condición de Gerente General del SSUP hoy demandado a reincorporar a la peticionante de tutela a su fuente de trabajo, al mismo puesto que ocupaba con el mismo nivel salarial en el plazo de tres días hábiles, debiendo pagársele los sueldos devengados y demás derechos sociales que correspondan a la fecha; constando también formulario de notificación al SSUP el 10 de julio de 2019 conforme consta el sello de recepción (fs. 14, 19 y 20).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14
- II.15.
- II
- Fragmento 21
- no es posible ante un conflicto laboral por un presunto despido injustificado, disponer el cumplimiento de una conminatoria de reincorporación laboral cuando su emisión no resulta jurídicamente razonable
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.2. La excepción a la inamovilidad laboral de madre progenitora
- no se aplicará la inamovilidad laboral en contratos de trabajo temporales, eventuales y contratos de obra
- para la no aplicabilidad de la inamovilidad laboral de la mujer embarazada, el hecho del fenecimiento del término pactado entre partes, y su consiguiente extinción de la relación
- en los contratos a plazo fijo, no es aplicable la inamovilidad laboral del padre o madre progenitor, ya que ha fenecido el término acordado entre partes y se extingue la relación laboral, con la obligación del empleador de cancelar, si corresponde, los beneficios que la ley acuerda tales casos, por lo que, es razonable en no poder exigirse al empleador mantener a la trabajador (a) en el cargo aunque haya resultado en el caso de la trabajadora embarazada en el lapso de la prestación de servicios
- III.3. Análisis del caso concreto
- contrato indefinido
- REVOCAR