SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2020-S3

Fecha: 09-Jul-2020

3)

3)  Con relación a la denuncia de fijación ilegal de plazo para las pericias de campo en razón a que el aviso público no tendría fecha, se tiene que la Resolución instructoria tiene por finalidad intimar a propietarios o subadquirentes y poseedores a demostrar su interés, la cual dispone la realización de la campaña pública y pericias de campo; en el caso de litis existe campaña pública, entrega de documentos, participación de las pericias de campo, lo que no demostró la parte actora es la lesión a su derecho a la legítima defensa; toda vez que, en la carpeta de saneamiento y en los actos administrativos, formularios de pericia de campo se halla identificado la participación activa de Diomedes Rodríguez Gálvez, quien podía recurrir vía recursos administrativos conforme lo previsto en el art. 51 del DS 25763, y anunciar la vulneración de su derecho; sin embargo, no lo hizo y decidió participar tanto en la campaña pública como en las pericias de campo lo que convalidó los actos administrativos porque cumplió su finalidad con relación al interesado Diomedes Rodríguez Gálvez;