SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2020-S3
Fecha: 09-Jul-2020
II.7.
II.7. Por Sentencia Agroambiental Plurinacional S2a 061/2018 de 12 de octubre, Rufo Nivardo Vásquez Mercado y Elva Terceros Cuéllar, Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental -ahora accionados-, declararon probada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por la parte hoy accionante, y por ende, nula la RA RA-ST 0101/2017, y el proceso de saneamiento hasta “fs. 492” inclusive de la carpeta de saneamiento, determinando que la autoridad administrativa subsane las irregularidades en las que incurrió, dando respuesta oportuna y notificando con los actos administrativos al beneficiario del predio, garantizando el ejercicio de su derecho a la petición, defensa y debido proceso, dándose continuidad al proceso de saneamiento hasta emitir resolución final de saneamiento, determinación que le fue notificada a la parte ahora impetrante de tutela el 30 de octubre de 2018 (942 a 953).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar