SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2020-S3

Fecha: 16-Jul-2020

debida fundamentación

           En ese entendido corresponde precisar que conforme a la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional “una debida fundamentación y motivación de las resoluciones, se constituye en la garantía del sujeto procesal que el juzgador al momento de emitir una decisión, explicará de manera clara, sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión(las negrillas son nuestras). Explicación que debe tomar en cuenta los hechos, el derecho y las pruebas contenidas en el expediente de manera integral, considerando que por medio de la demanda contenciosa administrativa, se pone en manos del juzgador los asuntos que generan controversia entre los intereses del Estado y los particulares, para que este con criterio totalmente imparcial, resuelva la problemática mediante un fallo debidamente fundamentado.