SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0368/2020-S1
Fecha: 21-Ago-2020
la incautación es una medida cautelar de carácter real
Ahora bien, debe recordarse que la incautación es una medida cautelar de carácter real, que para su aplicación, debe reunir las condiciones señaladas precedentemente. De acuerdo a la jurisprudencia constitucional, la incautación implica el “…apoderamiento de los instrumentos y efectos del delito, ordenado judicialmente, a fin de asegurar los resultados de un juicio o bien para darles el destino lícito correspondiente…” (SCP 0513/2003-R de 16 de abril), cuando se presuma que son bienes sujetos a confiscación.
De acuerdo al art. 254 del CPP, modificado por la Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas -Ley 913 de 16 de marzo de 2017-, si existen indicios suficientes acerca de la condición de bienes sujetos a incautación o confiscación, la autoridad judicial dispondrá mediante resolución fundamentada, su incautación e inventario, la anotación preventiva de la resolución de incautación, tratándose de bienes sujetos a registro y su entrega a la DIRCABI de Oruro.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.3. Participación de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- i)
- 1)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero,
- relevancia constitucional
- III.2.
- pero en ningún caso podrá pretender sustituir a la jurisdicción ordinaria, examinando directamente la misma o volviendo a valorarla, usurpando una función que no le está conferida ni legal ni constitucionalmente.
- III.3.
- cuando sea indispensable para asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley
- Cuando exista duda en la aplicación de una medida cautelar o de otras disposiciones que restrinjan derechos o facultades del imputado, deberá estarse a lo que sea más favorable a éste
- la incautación es una medida cautelar de carácter real
- 2)
- inmueble Clínica Cruz Blanca No. 321 calle independencia de color rojo de dos plantas y el (…) en la provincia de la localidad de Montero
- cuidando el orden y racionalidad entre la parte considerativa de los hechos, la identificación de los agravios, la valoración de los mismos
- 3)
- art. 168 del CPP
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER
- 2º Disponer
- 3º Exhortar
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)