DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2021

Fecha: 11-Mar-2021

a)

En ese sentido, la distribución de competencias, diseñado por el Constituyente a partir de un modelo autonómico, consiste en asignar a los diferentes niveles distintos tipos del ejercicio autonómico, de ahí que se estableció: a) Para el nivel central del Estado, una competencia exclusiva en: “Políticas del Sistema de educación y salud” (art. 298.II.17 de la CPE), b) Entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas (Departamental, Municipal y Regional) se ejerce una competencia concurrente en: “Gestión del Sistema de salud y educación” (art. 299.II.2 de la CPE); y, c) Entre el nivel central del Estado y las autonomías indígena originario campesinas, se cuenta con una competencia concurrente de “organización, planificación y ejecución” en políticas, planes, programas y proyectos, tanto en salud como en educación (art. 304.III.1 y 2 de la CPE).