DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2021

Fecha: 11-Mar-2021

Fragmento 2

El Código Procesal Constitucional boliviano ha previsto la posibilidad de que los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, puedan emitir voto disidente o aclaración de voto debidamente fundamentado, cuando en su condición de intérprete máximo de la Norma Suprema su criterio jurídico no sea coincidente con el de sus colegas, conforme se tiene previsto en el art. 10.III del CPCo. De igual manera, se debe considerar que las decisiones que asuma este Tribunal deben contar con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros presentes                                (art. 10.II del citado Código); sin embargo conforme se tiene señalado en el parágrafo III de la disposición procedimental citada, el voto disidente permite a una o un Magistrado manifestar su criterio divergente respecto a la argumentación o decisión asumida, expresando los motivos y razones que sustentan el criterio divergente, respecto a la decisión mayoritaria tomada por el resto de los Magistrados.