SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2021-S3

Fecha: 20-Abr-2021

I.3.1. Actuaciones previas

Ante el informe brindado por la Secretaría de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, el abogado de la impetrante de tutela, señaló que su cliente es de la tercera edad y que es asistida para ingresar a la plataforma virtual y no así su apoderada por estar embarazada y con COVID-19; situación ante la cual, la Vocal integrante de dicha Sala otorgó diez minutos de tolerancia; transcurridos los mismos el referido abogado nuevamente indicó que la peticionante de tutela se conectaría a la plataforma y que sus familiares le asisten; sin embargo, no hay inconveniente alguno para dar inicio a la audiencia; como efecto de ello, se dictó proveído, señalando que se daría aplicación a lo previsto en el art. 36.2 del CPCo., disponiendo la prosecución del acto procesal y se escuche el informe remitido por las autoridades accionadas; toda vez que, el profesional indicado no acreditó la representación legal de la accionante.

Seguidamente, la Secretaria de la Sala Constitucional supra citada informó -entre otros aspectos- la presentación de un memorial de la parte impetrante de tutela, entregado por el personal de Plataforma de Atención al Usuario Externo (PAUE) en dicha Sala, diez minutos antes de instalarse la audiencia; ante ello, se dictó un nuevo proveído dejando sin efecto el emitido con anterioridad, y en virtud a que el aludido memorial era ampuloso respecto a sus fundamentos y tomando en cuenta lo expuesto por el abogado de la peticionante de tutela, en cuanto a la imposibilidad de presentarse a la audiencia al encontrarse delicada de salud la apoderada; y, que la impetrante de tutela no podía conectarse por su edad avanzada pese a los intentos realizados, se señaló que correspondía obviar las formalidades en consideración a la situación de adulto mayor de la nombrada y en consecuencia conceder el uso de la palabra al referido abogado, a fin de que fundamente de manera oral la acción tutelar y el señalado memorial ampliatorio, prosiguiéndose con la audiencia en presencia de la accionante que posteriormente ingresó a Plataforma.