SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2021-S3

Fecha: 26-Abr-2021

II.2.

II.2.  Cursa Auto de 8 de noviembre de 2018, por el que el Juez de la causa ante la solicitud de aclaración realizada por el Banco Unión S.A. en relación a la validez del Pliego de Cargo 38/2012 o 46/2015, estableció que el primero quedó anulado, siendo el vigente el Pliego de Cargo 46/2015, determinando oficiarse nuevamente a la ASFI para dar cumplimiento a la suspensión de las retenciones dispuesta por Resolución A.I. 350/2018 (fs. 551 a 552); lo que dio lugar al oficio 2547/2018 de 13 de noviembre, por el cual la autoridad judicial remitió a la ASFI el correspondiente testimonio respecto al Auto emitido, signado por la ASFI bajo el número R-244552 de 14 de noviembre, entidad que a su vez emitió la Nota de Remisión de Orden Judicial ASFI/DAJ/CJ-4810/2018 de 15 de noviembre dirigida al Banco Unión S.A., adjuntado como antecedentes la R-244552 (fs. 496 a 502).