Resolución recurrida: Sentencia N° 008/2021 de 03 de agosto de 2021
Fecha: 28-Sep-2021
Encabezado
AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N 79/2021
Expediente: N° 4341/2021
Proceso: Desalojo por Avasallamiento
Partes: Rose Mary Daza Zeballos contra Ramiro Tito
Arenas, Ramón Tito Arenas y Aurora Retamozo
Mendoza de Tito.
Recurrentes: Ramiro Tito Arenas, Ramón Tito Arenas y Aurora
Retamozo Mendoza
Resolución recurrida: Sentencia N° 008/2021 de 03 de agosto de 2021
Distrito: Chuquisaca
Asiento Judicial: Camargo
Fecha: Sucre, 28 de septiembre de 2021
Magistrada Relatora: Dra. María Tereza Garrón Yucra
El recurso de casación cursante de fs. 72 a 73 vta. de obrados interpuesto por Ramiro Tito Arenas, Ramón Tito Arenas y Aurora Retamozo Mendoza de Tito, contra la Sentencia No 008/2021 de 03 de agosto de 2021, pronunciada por el Juez Agroambiental de Camargo que declaró probada la demanda de Desalojo por Avasallamiento.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentación de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica del recurso de casación.
- FJ.II.2. 1. Con relación a que el Juez de instancia habría rechazado la prueba testifical ofrecida en la audiencia de inspección judicial, bajo el argumento de que dicho medio de prueba no habría sido expresada de manera escrita en el memorial cursante a fs. 48 vta. de obrados, siendo que la Ley N° 477 en aplicación del art. 5.I.1), 3) y 4.c) al establecer que las demandas de Desalojo por Avasallamiento se los puede presentar de manera escrita o verbal y que en la audiencia de inspección judicial fijada dentro de las 24 horas, establece el momento en que se deben presentar y valorar las pruebas presentadas por las partes
- FJ.II.2. 2. En cuanto a la omisión o falta de valoración del medio de prueba documental cursante a fs. 42 de obrados, obtenido a nivel interseccional o intercultural
- Por Tanto 1
- SENTENCIA AGROAMBIENTAL N°. 008/2021
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Considerando 5
- Considerando 6
- Considerando 7
- Considerando 8
- Considerando 9
- Por Tanto 2