Auto Supremo AS/0089/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0089/2004

Fecha: 19-Nov-2004

CONSIDERANDO: A tiempo de plantear recurso de casación en el fondo, el recurrente manifestó que


CONSIDERANDO: A tiempo de plantear recurso de casación en el fondo, el recurrente manifestó que se ha violado el art. 201 e ignorado los arts. 111 y 112, todos del Código Civil, pues en el auto de vista impugnado se establece que la actora tuviese un presunto derecho propietario a construir emergente de un contrato de compra venta, sin embargo como se ha demostrado, la vendedora nunca tuvo derecho real respecto al inmueble en litigio, por ello mal podía haber otorgado a favor de la demandante autorización para construir