Auto Supremo AS/0040/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0040/2008

Fecha: 10-Mar-2008

2


2.- Que, la empresa demandada Y.P.F.B., a través del recurso de casación en la forma, pretende la casación parcial del auto de vista recurrido, exigiendo la reposición hasta el pago del arancel judicial de ingreso de causa que acusa omitido, hecho que a su juicio, constituye causal de nulidad porque dio lugar a que los jueces de grado admitieran la demanda, vulnerando el debido proceso, violando la economía jurídica y la igualdad de las partes, actuando en forma parcializada y ultra petita, a lo que agrega la supuesta inobservancia del art. 197 del Cód. Pdto. Civ., como otra causa de nulidad, planteamiento que realiza con total olvido de que el recurso de casación en la forma no concluye con la casación del auto de vista recurrido y que en materia de nulidades rigen los principios de trascendencia, convalidación y especificidad, que hacen la inexistencia de la nulidad por la nulidad, sino que ésta, debe estar expresamente prevista por la ley conforme dispone el art. 251 del Cód. Pdto. Civ, quedando el cobro de aranceles judiciales sujeto a otros procedimientos administrativos de control