Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0040/2008
Fecha: 10-Mar-2008
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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convenio y otros
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Petrolíferos Fiscales Bolivianos
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CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso ordinario, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y
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En grado de apelación deducida por ambas partes del proceso, mediante Auto de Vista de
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Contra el mencionado auto de vista de 4 de septiembre de 2004, los representes de
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Por otra parte, denuncia la supuesta inobservancia del art
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Denuncia igualmente, como cuestión de fondo, la vulneración del art
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Concluye pidiendo al Tribunal Supremo, de manera confusa e incongruente, que "deliberando en el fondo
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b
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Agrega, que procede el recurso de casación por haberse violado las formas esenciales del proceso
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Como casación en el fondo, acusa la violación del art
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Que, lo referido lamentablemente, no ha sido cumplido hasta la fecha por el Gobierno ni
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Agrega que, en el marco legal antes citado, no es necesaria la promulgación de una
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CONSIDERANDO: Que sintetizados en el considerando precedente los argumentos expuestos por los recurrentes, a objeto
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Con la aclaración conceptual que precede, examinando los datos del proceso y los recursos planteados,
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En lo que al recurso de casación en el fondo respecta, se advierte que el
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Por otra parte, la deficiente formulación del recurso que se analiza, se agrava cuando el
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Resolviendo el recurso de casación en el fondo, en que acusa la violación del art
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Que la Ley Nº 1330 de 24 de abril de 1992, en su art
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Que el art
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Por lo expuesto, queda claro que el tribunal ad quem, en el fallo recurrido, que
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Consiguientemente, corresponde resolver los recursos planteados dando aplicación a la previsión de los arts
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POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
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Por estar comprometidos en la presente causa intereses públicos, desde el juzgado de origen, póngase
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado : Dr. Hugo Roberto Suárez Calbimonte
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Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Proveído : Sucre,10 de marzo de 2008
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil
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