Auto Supremo AS/0353/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0353/2011

Fecha: 20-Jun-2011

Alegan que la procesada, Graciela Conde Gutiérrez no reclamó oportunamente su saneamiento, ni efectuó reserva


Alegan que la procesada, Graciela Conde Gutiérrez no reclamó oportunamente su saneamiento, ni efectuó reserva de recurrir en grado de apelación restringida, como prevé el art. 407 párrafo II del Código de Procedimiento Penal, que el Tribunal A-quo hizo correcta aplicación de la Ley, al dictar la Sentencia que la condenó a 10 años de reclusión por el delito de estafa con víctimas múltiples