Auto Supremo AS/0638/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0638/2013

Fecha: 29-Oct-2013

Ante ello, la empresa demandada formuló recurso de nulidad y casación en la forma y

Ante ello, la empresa demandada formuló recurso de nulidad y casación en la forma y en el fondo a fs. 1.913 a 1.917 vlta. de obrados contra dicho Auto de Vista, reclamando la infracción del artículo 79 del Código Procesal del Trabajo por pérdida total de competencia, toda vez que conforme al artículo 201 del mismo cuerpo legal, puesto el expediente por ante el Juez vencido el término de prueba, este deberá pronunciar sentencia en el plazo de 10 días, “…hasta el 23 de octubre de 2011, sin embargo la Sentencia de fs. 1793-1997 fue dictada el 22 de octubre de 2011, por la simple y sencilla razón que hemos sido notificados con dicho fallo recién en 17 de noviembre de 2011, fs. 1798; es decir, casi al mes cuando al presente las copias se obtienen en el día a través de las computadoras, todo lo que demuestra que la Sentencia no fue dictada el 22 de octubre de 2011 debidamente respaldada por la nota de fs. 2069 vlta…” (Sic), agregando que el Tribunal Superior tenía la obligación de proceder a la nulidad de obrados hasta fs. 2069 por pérdida de competencia con las sanciones respectivas