Auto Supremo AS/0638/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0638/2013

Fecha: 29-Oct-2013

Así también, corresponde señalar que los derechos y beneficios reconocidos a los trabajadores son irrenunciables,

Así también, corresponde señalar que los derechos y beneficios reconocidos a los trabajadores son irrenunciables, siendo nulo cualquier convención o acuerdo en contrario o que tienda a burlar sus efectos, conforme lo estableció el artículo 162. II de la Constitución Política del Estado (abrogada) y establecida el artículo 48. III de la actual Constitución, en relación con el artículo 4 de la Ley General del Trabajo