Auto Supremo AS/0308/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2013-RRC

Fecha: 22-Nov-2013

2)Como segundo motivo, los recurrentes denuncian que el Tribunal de apelación realizó actividad jurisdiccional en


2)Como segundo motivo, los recurrentes denuncian que el Tribunal de apelación realizó actividad jurisdiccional en base a consideraciones relativas a circunstancias, hechos y prueba fáctica que no está permitida por la norma, por cuanto es de actividad exclusiva de los jueces y tribunales de primera instancia, convirtiendo el recurso de apelación restringida en una doble instancia de revisión de medios probatorios y hechos cuestionados, vulnerando los principios de contradicción e inmediación contenidos en los arts. 329 y 330 del Código de Procedimiento Penal (CPP)