Auto Supremo AS/0308/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2013-RRC

Fecha: 22-Nov-2013

En ese sentido, de la minuciosa lectura del Auto de Vista impugnado, los fundamentos en


En ese sentido, de la minuciosa lectura del Auto de Vista impugnado, los fundamentos en que se ampara el Tribunal de apelación para llegar a una conclusión errónea y de valoración de prueba, esencialmente son los siguientes: a) La Sentencia no contiene los motivos de hecho y de derecho en que basa sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, menos contiene una relación del hecho histórico, es decir, no se ha fijado clara, precisa y circunstancialmente: “…la especie que se estima acreditada y sobre el cual se ha emitido el juicio, que es lo que se conoce como fundamentación fáctica.- Además del análisis de la sentencia impugnada, se puede extraer que la misma se sustenta en hechos inexistentes que no fueron acreditados en la audiencia del juicio oral, en especial la prueba testifical, incurriendo en lo previsto por el Art. 370 inc. 5) de la citada Ley como alegan los recurrentes, toda vez que el Tribunal al valorar las pruebas de cargo y de descargo no ha desarrollado una actividad u operación intelectual de forma conjunta y armónica de actividad jurisdiccional…” (sic); b) El Tribunal inferior no efectúo “…ninguna mención ni análisis al litigio agrario existente entre los querellantes y los acusados, y que al parecer habría sido el motivo de la presente acción penal, cuya omisión condice con el defecto previsto en el Art. 360 inc. 6) del CPP (sic)”; y, c) “…el mismo querellante manifiesta en su declaración de fecha 06 de agosto de 2011 que lo interceptaron en un calle y que de una camioneta bajó Willy Cornejo con un cinturón en la mano y que ante esta situación la víctima escapó; el Cinturón no es un arma y es imposible victimar a una persona con un cinturón” (sic)