Auto Supremo AS/0308/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2013-RRC

Fecha: 22-Nov-2013

Asimismo, en juicio se individualizó a los acusados Juan Carlos Cornejo Ayala y Milton Cornejo


Asimismo, en juicio se individualizó a los acusados Juan Carlos Cornejo Ayala y Milton Cornejo Ayala quienes: “…asieron a la señorita LOLA CRUZ VILLA, a quien le provocaron toques impúdicos en sus partes nobles, constituyendo este accionar, actos libidinosos; por ésta convicción de los hechos conocidos por el Tribunal tomó la decisión de modificar la calificación legal, cambiando la calificación acusada de TENTATIVA DE VIOLACIÓN, por la calificación de ABUSO DESHONESTO previsto en el art. 312 del Código Penal, con el afán de establecer de que la conducta calificada de los acusados, sea correcta y exacta y de que el hecho sea adecuado al tipo penal correcto y que afecte al mismo bien jurídico” (sic) (las negrillas son nuestras). En ese entendido, el Tribunal determinó cambiar la calificación de Tentativa de Violación a Abuso Deshonesto, porque los hechos probados en juicio, se adecuaron más exactamente al último tipo penal, cuidándose de no afectar el bien jurídico reclamado (libertad sexual), conforme los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de 2006, 435 de 24 de agosto de 2007 y 175 de 15 de mayo de 2006