Auto Supremo AS/0308/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2013-RRC

Fecha: 22-Nov-2013

El Auto Supremo 149 de 6 de junio de 2008, refirió que la problemática planteada


El Auto Supremo 149 de 6 de junio de 2008, refirió que la problemática planteada estaba referida a los delitos de Homicidio, Tentativa de Homicidio y Lesiones Graves, condenándose en sentencia a los imputados, cuya decisión al ser apelada el Tribunal de apelación anuló la Sentencia por resultar incongruente con la acusación fiscal, acusación particular y Auto de apertura de juicio, constituyendo un defecto absoluto; fundamentando el Tribunal de casación que el Tribunal de alzada no realizó una adecuada apreciación del alcance del art. 362 del CPP, pues el objeto del proceso está constituido solamente por los hechos imputados, único aspecto que no puede ser modificado o alterado; estableciéndose como doctrina legal aplicable que: “ El principio de congruencia tiene como base la correlación armónica entre lo planteado en la acusación y la decisión contenida en la sentencia respecto a los hechos descritos como base de la acusación y no acerca del criterio sostenido en ésta sobre calificación de los respectivos tipos penales, pues el juzgador no debe hacer depender su resolución de la opinión que sobre esos puntos tengan los acusadores y, por ello, en atención a que, durante la sustanciación del juicio oral le corresponde proceder a la valoración de pruebas de cargo y descargo y tomar en cuenta circunstancias atenuantes o agravantes, no está tampoco obligado a coincidir con la apreciación manifestada en el respectivo Auto de Apertura del Juicio”