Auto Supremo AS/0308/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2013-RRC

Fecha: 22-Nov-2013

Finalmente es necesario señalar que si bien las partes -en este caso la acusación particular-


Finalmente es necesario señalar que si bien las partes -en este caso la acusación particular- formulan en la acusación hechos para su acreditación y debate en el juicio desde su propia óptica, corresponde al Tribunal de Sentencia, adecuar los mismos al marco descriptivo penal, sin que posibles variaciones de percepción o mejor adecuación de la conducta de los imputados, puedan constituir vulneración del principio de congruencia como erradamente entendió el Tribunal de alzada en su decisión; consiguientemente, al evidenciarse contradicción entre el Auto de Vista y los precedente contradictorios invocados por los recurrentes, el presente motivo deviene en fundado