Auto Supremo AS/0322/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0322/2013-RRC

Fecha: 06-Dic-2013

descritos por el acusador particular no tenían relación con los delitos por los que procuraba


En conocimiento de la anterior Resolución la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió nuevo Auto de Vista, dónde previa enunciación de antecedentes procesales (primer Considerando), extracto y síntesis de los recursos de apelación restringida interpuestos (segundo Considerando), admisión de los recursos y transcripción íntegra del apartado de doctrina legal aplicable del Auto Supremo 255/2012 (tercer considerando), concluyó en sentido:

a)Sobre la apelación restringida interpuesta por el acusador particular Miguel Ángel Carazas Hurtado: 1) Invocando el art. 342 del CPP, señaló que el Auto de apertura de juicio, estableció los delitos en los que el juicio oral centraría su discusión siendo los de Estafa [art. 335] Uso de Instrumento Falsificado [art. 203] y Delitos Contra la Salud Pública [art. 216.4] todos del Código Penal, y a pesar de su condición de no apelable “el acusador particular no observó el mismo” (sic); 2) Sobre el reclamo de inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, en torno a la pretensión de haberse demostrado la comisión del delito de falsedad material, el Tribunal de alzada manifestó que tal afirmación no fue respaldada ya que no se precisó cuáles las pruebas que configuren ese tipo penal, y que se veía imposibilitado de realizar una nueva valoración de los elementos probatorios por la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 251 de 22 de julio de 2005, asimismo señaló que la misma situación se hizo presente en la argumentación del reclamo sobre el delito de falsificación de sellos; 3) Sobre la pretensión de incluir en la Sentencia el tipo penal Delitos Contra la Salud Pública [art. 216 incs. 3), 4), 5), 8) y 9) del CP],concluyó que el apelante no mencionó cómo se configuraría los elementos de aquel delito y que a la par, los hechos
descritos por el acusador particular no tenían relación con los delitos por los que procuraba se incluya en la Sentencia