En primer término y de la revisión de
En primer término y de la revisión de antecedentes se advierte que, emitida que fue la Sentencia Nº 9 de fs. 50 a 53, ésta fue notificada a la parte demandada el día jueves 29 de marzo de 2012 a hrs. 09:00 (fs. 54), habiendo así merecido el recurso de apelación por la misma y presentado el día martes 3 de abril de 2012 a hrs. 18:47; empero, de lo señalado, y luego de corrido el traslado correspondiente, mereció de la parte contraria (actora), el incidente de extemporaneidad en la presentación del señalado recurso (fs. 64 a 65 vlta.), bajo el fundamento que el plazo debió considerarse de momento a momento, conforme al AS Nº 200902 SS1 069; incidente, que en consecuencia generó del Juez de primera instancia, el Auto de 24 de abril de 2012 de fs. 66, por el cual se rechazó el incidente de extemporaneidad opuesto y se dispuso conceder el recurso de apelación contra la Sentencia
- I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica
- En apelación deducida por la parte demandada (fs
- I.2.1. Primer recurso, interpuesto por la parte demandada
- Refirió que el demandante, al haber abandonado sus
- Expresó, que la tarifa legal de la prueba
- I.2.2. Segundo recurso, interpuesto por la parte actora
- Concluyó solicitando se dicte Auto Supremo ANULANDO el
- II
- Revisada la prueba literal referida, sobre la cual
- Así también, refiriéndose a la literal de fs
- Debe tomarse en cuenta que, el artículo 46
- Disposiciones normativas de rango superior que si bien
- A lo señalado debe sumarse lo dispuesto por
- Bajo ese marco fáctico y normativo, se colige
- Es importante también dejar establecido que, si bien
- Por lo expuesto, se concluye que no resultan
- En primer término y de la revisión de
- No obstante lo anotado; es decir, la emisión
- A pesar de lo anotado, y considerando que
- Evidentemente, el Tribunal Constitucional en la SC 1508/2005-R
- En tal sentido, respecto de las partes del
- En consecuencia, se evidencia que el Juez a
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando:
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
