Auto Supremo AS/0730/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0730/2013

Fecha: 05-Dic-2013

Refirió que el demandante, al haber abandonado sus

Refirió que el demandante, al haber abandonado sus funciones en forma voluntaria, causó perjuicio económico a la empresa demandada tomando en cuenta el cargo para el cual fue contratado, demostrando así irresponsabilidad y falta de profesionalismo, lo que, en aplicación de los artículos 16. d) de la Ley General del Trabajo y 9. g) de su Decreto Reglamentario, hace que no proceda el pago del beneficio en la forma reclamada por el actor