Auto Supremo AS/0787/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0787/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Señaló que, el Plan de Pagos, es instrumento

Señaló que, el Plan de Pagos, es instrumento suficiente de excepción de pago, hallándose regulada por la reglamentación emitida por el SIN, señalando que en el caso, por la fecha de suscripción de dicho Plan, debe someterse a lo establecido en la RND Nº 10-004-04 de 23 de enero de 2004, que determina la consolidación de toda obligación en las solicitudes de planes de facilidades de pago y su aceptación, da lugar a una nueva Deuda Tributaria en sustitución a la anterior, por lo que, en el caso, correspondía al Tribunal ad quem, anular la demanda y ordenar el archivo de obrados, pues de lo contrario se pretende que el contribuyente pague dos veces por un mismo periodo, violando el principio non bis ídem y el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil