Auto Supremo AS/0318/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2013

Fecha: 19-Jun-2013

En el fondo

En el fondo:
El recurrente señala que corresponde puntualizar que el Auto Supremo Nº 184/2012 dispuso que el Ad quem se pronuncie sobre el fondo del recurso de apelación formulado, sin advertir en qué medida el auto de Vista recurrido fue ilegal. Sobre el mismo tema – dice- el Tribunal de Alzada estuvo ineludiblemente obligado a cumplir tal determinación impartida por el Tribunal de Casación, no obstante lo dispuesto por el art. 169 del Código de familia, con la aclaración que corresponde a la Asamblea Legislativa Plurinacional la atribución de dictar leyes, interpretarlas y derogarlas, abrogarlas y modificarlas (art. 158 num. 3 de la Constitución) habida cuenta de la independencia, separación, coordinación y cooperación de órganos