Auto Supremo AS/0318/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2013

Fecha: 19-Jun-2013

Refiere que entendiendo que a las uniones conyugales libres de hecho son aplicables las normas

Refiere que entendiendo que a las uniones conyugales libres de hecho son aplicables las normas que regulan los efectos del matrimonio a pesar de no haber sido observada la defectuosa demanda de fs. 41-44, en conformidad al art. 333 del Pdto. Civil, para demandarle la división y partición de bienes, Carolina Guzmán Quiroga previamente debió haberle demandado judicialmente la ruptura unilateral, de ahí al no estar comprobada se conculcó los arts. 5, 159 y 169 del Código de Familia, bajo los cual no puede renunciar primero a la ruptura de dicha unión conyugal y a las medidas provisionales no tramitadas antes de la división y partición de bienes sancionado con nulidad de obrados