Auto Supremo AS/0329/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2014

Fecha: 10-Nov-2014

c

c.- Que, en relación al pago de primas denegadas por el tribunal ad quem porque no fueron solicitadas en la demanda principal, existió la transgresión del art. 202 inc. c) del Código Procesal del Trabajo, puesto que si bien, no fueron introducidas en la demanda, si fueron objeto de discusión dentro de la presente causa, conminando incluso a la parte demandada a presentar sus balances con respecto a sus utilidades, misma que no fue objetada ni recurrida en absoluto; asimismo, los testigos de cargo como de descargo señalaron que no se les canceló la prima de ninguna gestión, demostrándose que el pago de las primas si fue objeto de discusión y no como erróneamente establece el auto de vista impugnado, en plena concordancia del Auto Supremo Nº 019 de 22 de enero de 2009 en contraste del art. 202 inc. c) del Código Procesal del Trabajo