Auto Supremo AS/0329/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2014

Fecha: 10-Nov-2014

Que, sobre la gestión 2010, la actora recibió el pago de Bs

Que, sobre la gestión 2010, la actora recibió el pago de Bs.200.- por concepto de vacación, resultando el mismo parcial, al ser lo correcto Bs.450.- (cuatrocientos bolivianos) por 15 días hábiles, conforme lo establecido por el art. 44 de la Ley General del Trabajo, no pudiendo simplemente establecer el tribunal de segunda instancia el pago único de ese remanente, denotando una errónea valoración de la prueba de derecho, al no cubrirse el total, resaltando una violación al art. 167 del Código Procesal del Trabajo, relativa a que la confesión en materia laboral es expresa y divisible, coincidente con el art. 253.1 y 3 del Código de Procedimiento Civil