Auto Supremo AS/0329/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2014

Fecha: 10-Nov-2014

Consecuentemente, al no haber sido objetados por la parte demandada correspondió dar aplicación de la

Consecuentemente, al no haber sido objetados por la parte demandada correspondió dar aplicación de la presunción contenida en los arts. 160 y 181 del Código Procesal del Trabajo, 202 inc. c) del Código de Procedimiento Civil y 48.III de la Constitución Política del Estado, demostrándose que existió su violación a normas laborales