Auto Supremo AS/0329/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2014

Fecha: 10-Nov-2014

Que, sobre la negación de la compensación de las vacaciones de la gestión 2011 bajo

En relación a lo señalado, respecto a las vacaciones adeudadas se citó el Auto Supremo Nº 761 de 24 de diciembre de 2013, que estableció claramente la concesión de la compensación por vacaciones nunca gozadas, al no haber presentado la parte demandada ningún documento respecto a la otorgación de las vacaciones, en detrimento del art. 48 de la Constitución Política del Estado.
Que, sobre la negación de la compensación de las vacaciones de la gestión 2011 bajo el argumento de que la testigo Antonia Ayala Limachi manifestó que la actora si hizo uso de las mismas, sin embargo, esa apreciación igualmente resaltó en un error de derecho en su valoración, además de una violación del art. 169 del Código Procesal del Trabajo, que establece claramente que hacen fe probatoria la declaración de dos o más testigos y no de solo uno; y menos, si no son concretas o precisas, al no indicar las vacaciones de qué gestiones se trataba o si estas fueron completas