Auto Supremo AS/0682/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0682/2014

Fecha: 27-Nov-2014

El Ministerio Público y Anselmo Ruiz Flores en representación legal de Roberto Carlos Ramos Mercado


II.2 De la apelación restringida del Ministerio Público y acusador particular.

El Ministerio Público y Anselmo Ruiz Flores en representación legal de Roberto Carlos Ramos Mercado Alcalde Municipal del Gobierno Municipal Autónomo de El Puente, con idéntica argumentación, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 219 a 220 y 229 a 230 respectivamente), expresando que el art. 333 del CPP, permite la incorporación por su lectura, de determinados elementos probatorios o documentos, que no pueden ser desestimados “a priori”, con la indicación de que no cumplen el principio de inmediación, porque no fueron llamadas las personas que faccionaron o firmaron dicha prueba, ya sea como testigo o perito, y que dichos documentos no cumplen con las formalidades de ley para ser considerados como documentos, pretendiendo que los documentos sean contrastados al interrogatorio testifical, sin tomar en cuenta que los documentos doctrinalmente constituyen un medio fidedigno de constancia de actos irrepetibles e irreproducibles de existencia cierta mientras hayan sido obtenidos legalmente y ofrecidos oportunamente, no pudiendo ser desestimados por falta de “bases” para su introducción, ya que la ley procedimental no establece la figura de “sentar bases” que carece de lógica; por lo que, se vulnera el libre acceso a la justicia de la víctima particular y social