Auto Supremo AS/0682/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0682/2014

Fecha: 27-Nov-2014

Radicada la causa, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pasó


Radicada la causa, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pasó a resolver el recurso de apelación restringida, mediante Auto de Vista 28/2014 de 14 de julio, con los siguientes argumentos:

De la revisión del acta de juicio, se evidencia que la Juez de Sentencia, a tiempo de emitir el Auto Interlocutorio, vulneró el art. 333 inc. 3) del CPP, al disponer que la restante prueba documental, no cumple con el principio de inmediación porque no han sido llamadas las personas que faccionaron o firmaron esta prueba como testigos o peritos, por lo que no cumple con las formalidades de ley para ser considerados como documentos; que, de acuerdo a la doctrina y jurisprudencia constitucional, la prueba cumple los siguientes pasos: 1) Recolección u obtención de los elementos de prueba; 2) Proposición u ofrecimiento; 3) Admisión; 4) Introducción o incorporación al juicio y 5) Su ponderación y valoración; de los indicados, los pasos 1), 2) y 4) corresponden exclusivamente a las partes y los restantes 3) y 5) están reservados al Juez o Tribunal