Auto Supremo AS/0754/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0754/2014

Fecha: 12-Dic-2014

En ese marco, el art

En ese marco, el art. 128 del Código de Comercio establece que “El contrato de constitución y modificación de una sociedad, se otorgará por instrumento público…”, entendiendo que esta modificación acaece también por la transferencia de las cuotas de capital social, conforme el art. 214 del Código de Comercio, en tal caso la cesión de cuotas de capital debe ser constituida en escritura pública tratándose de Sociedad de Responsabilidad Limitada