i)El Tribunal asume plena convicción que el 23 de diciembre de 2006, se realizó el
Concluido el juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia de La Paz, dictó Sentencia condenatoria contra la imputada, argumentando que:
i)El Tribunal asume plena convicción que el 23 de diciembre de 2006, se realizó el levantamiento de un cuerpo sin vida identificado como Rómulo Vargas Lima, cadáver que fue trasladado a la morgue del Hospital de Clínicas; que según protocolo de autopsia se establece como causa de la muerte, anemia aguda, shock hipovolémico, trauma toraco pulmonar abierto por proyectil de arma de fuego, concluyéndose que por los impactos de arma de fuego a nivel de los pulmones, se produjo una salida brusca de sangre
- Por memoriales presentados el 13 de septiembre de 2013, de fs
- a)En mérito a las acusaciones pública (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, los querellantes (fs
- I.1.1. Motivos de los recursos
- De los memoriales de recurso de casación y del Auto Supremo 333/2013-RA de 17 de
- Previa referencia a los antecedentes, la recurrente denuncia que la Sala Penal Segunda, al dictar
- Afirma que al no aplicarse correctamente el art
- I.1.1.2. Recurso interpuesto por el querellante Jaime Daniel Enríquez Tordoya
- Afirma que el Auto de Vista al analizar y valorar la Sentencia recurrida incurre en
- ii)Incongruencia de la modificación del tipo penal; el Auto de Vista ante la evidencia de
- La imputada solicita que se declare la admisibilidad del recurso y en el fondo, se
- Por su parte el apoderado legal de los querellantes solicita que se deje sin efecto
- I.2. Admisión de los recursos
- Mediante Auto Supremo 333/2013-RA de 17 de diciembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por memorial de fs
- trate de hechos de narcotráfico, hechos contra la vida e integridad de las personas y
- II.2.De la Sentencia
- i)El Tribunal asume plena convicción que el 23 de diciembre de 2006, se realizó el
- ii)El matrimonio entre Rómulo Vargas Lima y Fabiola Betancourt Sejas tenía 28 años, habiéndose celebrado
- iii)Estando deteriorada la relación matrimonial, por la noche del viernes 22 de diciembre de 2006,
- Rómulo Vargas, al promediar las once de la noche llama a su chófer
- A la llegada de Rómulo Vargas a su domicilio, aproximadamente a horas 07:30, Fabiola Betancourt,
- Posteriormente se escuchan gritos de Fabiola Betancourt llamando a sus hijos de forma desesperada; ante
- iv)Se considera como probado en juicio, que luego del levantamiento del cadáver, los investigadores se
- Que el Ministerio Público y la acusación particular consideran que la conducta de la imputada
- II.3.De las apelaciones restringidas
- II.3.1. Apelación de la parte querellante
- El apoderado de los querellantes y víctimas, interpuso recurso de apelación restringida, en base a
- 2)También denunció inexistencia de fundamentación, puesto que se realiza una descripción subjetiva, parcial e infundada,
- 3)Refirió igualmente que, la Sentencia se basa en hechos inexistentes, no acreditados y valoración defectuosa
- Asimismo refiere que, el Tribunal de apelación se aferra a las versiones de la imputada
- 4)Finalmente se reclamó inobservancia y errónea aplicación de la ley en la fijación de la
- Reclamó también que no se pronunciaron sobre todos los motivos en que se fundó la
- II.3.2. Apelación del Ministerio Público
- El representante del Ministerio Público, de igual manera impugnó la Sentencia, manifestando lo siguiente
- 2)Señala además, que existe errónea aplicación de la Ley Sustantiva Penal en la valoración de
- 3)Por último reclamó, inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y
- Solicitando que el Tribunal de alzada repare directamente la errónea aplicación de la ley sustantiva
- II.3.3. Apelación de Fabiola Betancourt Sejas
- Por su parte la imputada igualmente planteó recurso de apelación restringida, señalando lo siguiente
- 2)Por otro lado reclama que se incorporó a juicio prueba inadmisible, disponiendo una injusta condena
- 3)Señala también que el Tribunal de sentencia valoró prueba no incorporada legalmente a juicio, habiéndose
- 4)Señala que existe errónea valoración de la prueba, puesto que no se acreditó los hechos
- 5)Por otro lado, impugna el rechazo a la extinción por duración máxima del proceso, arguyendo
- 6)Para concluir su argumentación, la apelante denunció indefensión por falta de elaboración oportuna de actas
- II.4.Del Auto de Vista impugnado
- Con relación al recurso de la parte querellante
- b)Respecto a la inexistencia de fundamento, de la revisión de la Sentencia se tiene que
- c)En relación a que la Sentencia se basa en hechos inexistentes, no acreditados y en
- d)Finalmente, en referencia a los otros reclamos, considera el Tribunal de alzada que corresponden a
- Respecto a la apelación del Ministerio Público
- En relación a la apelación de la parte imputada
- b)En cuanto al reclamo de falta de fundamentación de la Sentencia, esta conlleva a la
- c)Respecto a las pruebas valoradas erróneamente, como el acta de registro de juicio, al ser
- Con esos argumentos, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz,
- III.1. Recurso de casación de Fabiola Betancourt Sejas
- III
- La recurrente sostiene en su recurso esencialmente que, el Tribunal de alzada pronunció un fallo
- El citado precedente, al resolver una problemática emergente de la comisión de los delitos de
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- Identificado así el precedente invocado por al recurrente, es pertinente, a efectos de la resolución
- En el caso en análisis, se tiene que entre los reclamos planteados por la imputada
- He planteado esta cuestión incidental en juicio, habiéndose dictado INJUSTA RESOLUCIÓN DE RECHAZO, qué hora
- Este reclamo inserto en la apelación restringida, que en los hechos se trata de una
- Con este actuar, el Tribunal de alzada no sólo incumplió su deber de fundamentación y
- Finalmente es pertinente dejar establecido, que conforme las normas relativas al recurso de casación y
- En consecuencia, se concluye que efectivamente el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, en
- III.1.2. Sobre la falta de pronunciamiento a la negativa de producción de prueba extraordinaria
- En la segunda parte del recurso de casación de la imputada, también referida a la
- Al respecto, de la revisión del recurso de apelación planteado por Fabiola Betancourt, se tiene
- III.2. Recurso de casación del apoderado de la parte querellante
- III.2.1. Sobre la contradicción e incongruencia argumentativa en conclusiones
- En el primer motivo del recurso admitido para su análisis de fondo, la parte querellante
- En el caso en cuestión, el recurrente sostiene que la defectuosa valoración de la prueba
- Ciertamente, entre los requisitos de la Sentencia, que deben observar todos los juzgadores a momento
- Asimismo, en la referida doctrina legal, en cuanto al conjunto de elementos que hacen a
- Ahora bien, el Tribunal de apelación, en ejercicio de la competencia asignada por el art
- En consecuencia se establece que la pretensión del recurrente carece de fundamento, no advirtiéndose contradicción
- III.2.2. Sobre la incongruencia de la modificación del tipo penal
- La parte querellante sostiene en este motivo que, el Auto de Vista, ante el error
- En cuanto al contenido de los precedentes invocados, el Auto Supremo 450 de 19 de
- Consecuentemente; `En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
- Por su parte el Auto Supremo 277 de 13 de agosto expuso como doctrina legal:
- El Tribunal de Sentencia, sea unipersonal o colegiado llega a la certeza de culpabilidad o
- En el caso en particular, se tiene de la lectura de los precedentes invocados que,
- Como se observa, la conclusión del Tribunal de sentencia emerge del establecimiento de hechos tales
- Sumado a lo anterior, tal como se estableció en el acápite precedente (III
- III.3. Los fundamentos jurídicos de la Resolución se constituyen en la doctrina legal aplicable
- Por todo lo expuesto, si bien se determinó la inexistencia de contradicción entre el Auto
- Establecida la forma de resolución del presente recurso, debe dejarse constancia, que este Tribunal, consideró
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
