Auto Supremo AS/0028/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0028/2014-RRC

Fecha: 18-Feb-2014

Previa referencia a los antecedentes, la recurrente denuncia que la Sala Penal Segunda, al dictar


I.1.1.1. Recurso formulado por la imputada Fabiola Betancourt Sejas.

Previa referencia a los antecedentes, la recurrente denuncia que la Sala Penal Segunda, al dictar el Auto de Vista impugnado, actuó de manera contradictoria a lo establecido en el precedente contenido en el Auto Supremo 5/2007, al pronunciar un fallo carente de fundamentación, que no resolvió todas las cuestiones objeto de la apelación restringida; asimismo, no observó el principio de prohibición de actividad procesal defectuosa, pues al haber generado las condiciones de procedibilidad de la apelación restringida respecto a la actividad procesal relativa, cumpliendo las exigencias del art. 407 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el Tribunal de alzada omitió resolverlas. Agrega que si ese Tribunal asumió que se violó el principio de continuidad del juicio oral, verificando la existencia de mora procesal de responsabilidad del Tribunal de juicio, debió resolver favorablemente la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso pero no se pronunció, graficó su afirmación realizando un detalle de las audiencias suspendidas, diferenciando entre suspensiones justificadas y no justificadas