Auto Supremo AS/0399/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2014

Fecha: 19-Ago-2014

d) Que existe contradicción en la parte dispositiva con la considerativa, manifiesta que en el


d) Que existe contradicción en la parte dispositiva con la considerativa, manifiesta que en el considerando primero en el punto fundamentación probatoria se analizó aspectos que nunca fueron cuestionados menos fundamentados por el Ministerio Público, refiriendo el Tribunal de Sentencia que su persona hubiere demostrado mala fe respecto a cuestiones civiles que fueron demandados por Daniela Andrade Flores y no por Jorge Patiño Aramayo; quien, a tiempo de transferirle el terreno dejó de ser interesado, realizando el Tribunal de sentencia apreciaciones de manera oficiosa y sin respaldo de prueba lícita, ya que, no manifestó qué documento falso hubiere usado para configurar el delito previsto por el art. 203 del CP, tampoco demostró que los documentos incriminados como falsos hubieren sido declarados como tales por Resolución judicial, no habiendo sido valorada la prueba pericial