Auto Supremo AS/0399/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2014

Fecha: 19-Ago-2014

De la revisión y análisis de antecedentes, precisamente del memorial del recurso de apelación se


En cuanto al segundo motivo, refiere que la resolución de alzada además de carecer de fundamentación como impone el art. 124 del CPP, es completamente contradictoria, ya que, por una parte, señaló que en su recurso de apelación concretó y cuestionó varios puntos relativos a la ausencia de fundamentación de la sentencia; pero, luego señaló contradictoriamente que la Sentencia contaba con motivación suficiente.

De la revisión y análisis de antecedentes, precisamente del memorial del recurso de apelación se evidencia que el recurrente denunció que no existe fundamentación de la sentencia y que es contradictoria, porque se pronunció sobre extremos que no fueron denunciados y porque ninguna de las pruebas demostraron la existencia del documento falso que hubiere utilizado. Ante ello, el Tribunal de alzada expresó que: “del análisis de la sentencia, se tiene que ésta contiene la enunciación y circunstancias objeto del juicio, la valoración individual e integral de los medios y órganos de prueba judicializados determinando que se ha extraído de los mismos y su credibilidad, la fundamentación jurídica donde se establece un proceso de subsunción con respaldo probatorio, y la aplicación de normas legales sustantivas y adjetivas que respalden la sentencia, concluyendo con la resolución de condena; en consecuencia no se evidencia que en la sentencia no exista fundamentación sino todo lo contrario, se tienen una motivación suficiente que la justifica” (sic)