Auto Supremo AS/0399/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2014

Fecha: 19-Ago-2014

De lo anterior se evidencia que el Auto de Vista impugnado, a tiempo de dar


De lo anterior se evidencia que el Auto de Vista impugnado, a tiempo de dar respuesta a este supuesto agravio; si bien menciona, “el recurrente concreta y cuestiona varios puntos, de los cuales colige el recurrente que concretarían el defecto alegado” (sic), se refirió al resumen de la denuncia que realizó el recurrente, para posteriormente responder al mismo y concluir que no existe la contradicción alegada; por lo que no es evidente la denuncia de contradicción en el Auto de Vista cuando menciona que la sentencia se encuentra debidamente motivada, pues el Tribunal de apelación verificó que la Sentencia se encontraba debidamente motivada, justificando que ésta contiene la enunciación y circunstancias objeto del juicio, la valoración individual e integral de los medios de prueba judicializados, la fundamentación jurídica con respaldo probatorio y la aplicación de normas legales sustantivas y adjetivas que respaldan la sentencia, concluyendo con la resolución de condena. Por lo referido, este Tribunal también concluye que el argumento del recurrente carece de sustento, y en estricta aplicación de la ley, corresponde declarar infundado el presente motivo