Auto Supremo AS/0399/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2014

Fecha: 19-Ago-2014

Previamente corresponde destacar que este Tribunal, admitió el presente recurso por vía de flexibilización; a


III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN

Previamente corresponde destacar que este Tribunal, admitió el presente recurso por vía de flexibilización; a cuyo efecto, corresponde verificar si evidentemente el Tribunal de Alzada incurrió en falta de fundamentación a tiempo de otorgar respuesta a los cinco puntos planteados por el recurrente en su recurso de apelación restringida, referidos a: i) errónea aplicación de la ley sustantiva, ii) falta de fundamentación de la sentencia, iii) que la sentencia se basó en hechos inexistentes, no acreditados y en valoración defectuosa de la prueba, iv) contradicción entre la parte considerativa y dispositiva de la sentencia; y, v) inobservancia a las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación; aspectos que –de acuerdo con el recurrente- vulnerarían el debido proceso, la defensa y la seguridad jurídica; por ello, es pertinente también realizar algunas consideraciones de orden doctrinal y normativo respecto a la temática que se denuncia, para luego ingresar al análisis del caso en concreto