Auto Supremo AS/0717/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Como se tiene manifestado precedentemente, la doctrina legal que en ese momento determinaba que la


Como se tiene manifestado precedentemente, la doctrina legal que en ese momento determinaba que la inobservancia e incumplimiento de los tres días para la redacción y lectura de la Sentencia acarreaba la pérdida de competencia del Juez o Tribunal de Sentencia, ha sido superada , conforme razonó el citado Auto Supremo 110/2005, reiterado por los AASS 240/2009 de 12 de marzo, 259/2011 de 6 de mayo y 293/2012 de 16 de noviembre, en el entendido que el incumplimiento de esta forma procesal ya no implica la pérdida de competencia, simplemente da lugar a la responsabilidad disciplinaria y penal del funcionario negligente