Auto Supremo AS/0717/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Del memorial de recurso de casación (fs


b) Contra la referida Sentencia, Alfonso Saavedra Bruno en representación de BOLPET S.R.L., interpuso recurso de apelación restringida (fs. 1437 a 1446); resuelto por Auto de Vista 28/2010 de 22 de marzo (fs. 1765 a 1769), emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso interpuesto; en consecuencia, confirmó la Sentencia. Ante la solicitud de Explicación, Complementación y Enmienda (fs. 1771), mediante Auto de 14 de junio de 2010, declaró ha lugar señalando la imposición de costas al acusador particular a ser reguladas por el Tribunal de origen; y, declaró “No ha lugar” la Explicación solicitada por el representante de BOLPET S.R.L.

I.1.1. Motivo del recurso

Del memorial de recurso de casación (fs. 1786 a 1791) y del Auto Supremo 346/2015-RA-L de 06 de julio (fs. 1802 a 1805), dictado en el caso de autos, se extrae la denuncia a ser analizada en la presente Resolución, aspecto sobre el cual este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP)