Auto Supremo AS/0743/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0743/2015

Fecha: 07-Oct-2015

Que, bajo es marco normativo, ya ingresando al caso concreto, se tiene que el reclamo

Que, bajo es marco normativo, ya ingresando al caso concreto, se tiene que el reclamo deviene en cuanto a que el Tribunal ad quem solo habría considerado las literales de fs. 1 a 3 y 23 a 25, para concluir que la actora prestó sus servicios por el espacio de 3 años, 5 meses y 20 días, sin considerar la prueba en su conjunto (declaraciones testificales, inspección judicial y carta de agradecimiento de servicios emitida por la COMIBOL); sin embargo, de la atenta revisión de los antecedentes del proceso, se tiene evidenciado que, la actora, a tiempo de formular su demanda, estableció como fecha de inicio de su relación laboral el 1 de febrero de 2003 aspecto que si bien fue corroborado de manera parcial con las declaraciones testificales de fs. 116 a 117, al no ser precisas en cuanto a la fecha de inicio de la relación laboral, empero fue negado por la parte empleadora a momento de contestar a la demanda, estableciendo que el contrato de fs. 1 a 3 era de carácter civil y que el mismo sólo tuvo una duración de 6 meses terminando la relación el 31 de diciembre de 2004 y que de forma posterior se contrató los servicios de contratistas