Auto Supremo AS/0829/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0829/2015

Fecha: 27-Oct-2015

para sustentar su propia afirmación, inobservando que además la normativa laboral le atribuye la

Ahora bien, de los antecedentes descritos, se advierte que entre el primer y segundo memorándum que le emitieron a la actora, transcurrió un mes y cinco días, cambiándole el nivel salarial y nominalmente el cargo que desempañaba la actora y obtenidos por convocatoria interna. De lo expuesto, se advierte que dicha realidad y verdad material, conforme a las particularidades propias del caso, contempla la evidente inobservancia de la parte demandada, de aportar en su momento las pruebas que viere necesarias para desvirtuar las pretensiones de la demanda de la actora o

para sustentar su propia afirmación, inobservando que además la normativa laboral le atribuye la carga conforme al principio de inversión de la prueba que rige en la materia, y prueba de ello es no haber aportado prueba alguna en el periodo probatorio respecto a la existencia efectiva y legal del cargo de "Técnico de marketing", como tampoco que el cargo de la actora de "Encargada de marketing" correspondía al nivel 8 de la escala salarial