De lo manifestado, se llega a la conclusión que el terreno de las 12 hectáreas
De lo manifestado, se llega a la conclusión que el terreno de las 12 hectáreas que los actores pretenden recuperar el derecho propietario, pertenece al área rural y está destinado de manera exclusiva a la actividad agraria, así lo reconocen los propios demandantes, afirmación que se encuentra confirmada por los antecedentes del proceso, consiguientemente la solución del problema corresponde ser tratado en la esfera de la jurisdicción agraria bajo la competencia de los jueces agroambientales
- Proceso: Resolución de contrato y cancelación de partida en Derechos Reales
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Del contenido del recurso, en lo esencial se resume lo siguiente
- Acusan infracción del art
- CONSIDERANDO III:
- El precepto legal anteriormente descrito tiene su vinculación directa con el art
- Como se podrá advertir, el numeral 8) del art
- En el caso presente, los actores inicialmente demandaron la nulidad del documento de donación de
- Si bien el Ad-quem dispuso la nulidad prácticamente de todo el proceso, lo hizo por
- El Tribunal de alzada al momento de disponer la nulidad de obrados, no tomó en
- Frente a esa situación, la jurisdicción ordinaria, pese a la atribución de administrar justicia de
- De lo manifestado, se llega a la conclusión que el terreno de las 12 hectáreas
- La competencia constituye uno de los presupuestos para la existencia y validez del proceso y
- Sin embargo, en el caso presente esa situación (nulidad) ya fue dispuesta por el Tribunal
- Al encontrase anulado prácticamente todo los actuados procesales, ya no corresponde decretar una nueva nulidad
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
